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Un detalle para el Guardia Urbano, ¿corrupción?

21 de June de 2016  |  By Andrés Molina In Buen Gobierno, Cumplimiento Normativo, Responsabilidad Social Corporativa
Corrupción: política anticorrupción y soborno

Corrupción o regalo

Los que, como yo, hayan pasado su infancia en la peculiar España de los 60 recordarán escenas como la de la foto. Aparte de sorprender lo tranquilo que está el cerdito, estamos ante una prueba contundente e incontestable de corrupción de la autoridad. ¿O no?

Recuerdo que estas fotos se publicaban en los periódicos de mayor tirada en los que también se animaba a los ciudadanos a contribuir a la generosa práctica del aguinaldo a los guardias municipales como compensación a una labor heroica en los rigores del invierno madrileño, de entonces…

Cuando paso por países que no gozan ni del desarrollo ni de las comodidades ni de la seguridad de nuestra confusa Europa, no dejo de recordar estas estampas que me devuelven a mi niñez.

Pero como no me es posible escapar de mi deformación profesional, siempre pienso si esas prácticas pudieran ser reprobables en el mundo de hoy. Una cuestión importante es que estos “usos y costumbres” no son fáciles de ver a simple vista porque existe más pudor a admitirlos, incluso en países de muy bajo nivel moral. Otra es que podemos clasificarlos en dos tipos: cuando el “regalo” está envenenado y cuando no lo está.

Parece evidente que hay una gran diferencia entre que el donante sea un ciudadano anónimo, que raramente volverá a cruzarse con este guardia, o que sea alguien conocido. También entre que nuestro regalo esté tasado en comparación con la práctica en la zona o que sea mucho mayor que el resto. En definitiva, ¿por qué aceptamos hacer pagos en “facilitación” unas veces y otras no?

La norma ISO 37.001 dice en su parte expositiva:

“El término «soborno» se utiliza para referirse a la oferta, promesa, entrega, aceptación o solicitud de una ventaja indebida de cualquier valor (que puede ser de naturaleza financiera o no financiera), directa o indirectamente, y sea cual sea la ubicación del hecho, en violación de la ley aplicable, tanto como incentivo como recompensa para una persona que actúe, o deje de actuar, en relación con el ejercicio de las funciones que le han sido asignadas.”

No se habla de conseguir una ventaja a cambio del regalo, sino de violar la ley. Por tanto, no hay soborno si no hay definición previa de la ley que deba aplicarse y ésta varía de país en país. En ciertos casos, como el de USA y UK, la ley es la americana o la inglesa, aunque la empresa opere en el extranjero. Magnífico modo de solucionar el problema: Es como pedir que circulen los coches por la derecha en medio de la selva…En muchos casos no nos queda más que nuestro propio planteamiento ético.

Los héroes de las películas nunca se aprovechaban o abusaban de su fuerza y siempre daban una oportunidad al contrario. Quizás baste con escribir algo así en nuestro código ético. Y no copiar leyes que serán de muy difícil aplicación en otros entornos.

El problema está en la prepotencia, en el abuso de posición y en la intención de obtener una ventaja ilícita. Valorarlo está al alcance de casi todos. Confiemos en nuestras cualidades más que en nuestro bolsillo.

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